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Simon
Última actualización por Simon Hace 3 meses 1 semana - 3 min de lectura

Información sobre la declaración de la residencia fiscal

¿Quiénes son los clientes elegibles de la cuenta Nickel?

En Nickel, cualquier persona con residencia fiscal en España puede abrir una cuenta, pero ¡no solamente en estos casos! Si tienes residencia fiscal en algún país de la Unión Europea o en la AELC (Asociación Europea Libre de Cambio), también puedes tener tu cuenta Nickel.

¿Cuál es la legislación aplicable a Nickel?

Como cualquier otra entidad financiera, Nickel está bajo los siguientes reglamentos en materia fiscal:

  • El reglamento FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act) que se aplica a los nacionales de Estados Unidos (ciudadanos o residentes estadounidenses)
  • El reglamento AEOI (Automated Exchange of Information) que se aplica a todos los residentes fiscales de los países que han firmado estos acuerdos.

Por eso, Nickel recoge tu información fiscal cuando abres tu cuenta, y tenemos que mantenerla actualizada después de cualquier cambio en tu situación. Esta información puede ser compartida a las administraciones fiscales que lo soliciten, y Nickel no puede oponerse a ninguna solicitud
 

¿Cuáles son tus obligaciones como cliente?

Cuando abras tu cuenta y después de cada cambio en tu situación, tienes la obligación de comunicarnos la siguiente información fiscal: 

  • Tu país o países de residencia fiscal (y la dirección asociada si es diferente de tu dirección postal)
  • El Número de Identificación Fiscal (NIF) asociado a cada residencia fiscal
  • Tu situación de acuerdo al reglamento FATCA: ¿eres ciudadano de Estados Unidos o no?
  • Si toda esta información no se ha recogido durante el proceso de suscripción o si tu situación cambia (cambio de residencia fiscal, nueva residencia fiscal, etc.), debe informarnos lo antes posible:
    1. Rellena el formulario online aquí o imprime y rellena este documento
    2. Envíanoslo a través del formulario de contacto o a la siguiente dirección: Paseo de los Melancólicos 14A, 28005, Madrid

Además, si detectamos elementos que sugieran que su situación fiscal ha cambiado, podemos pedirle que confirme su declaración inicial y/o que la modifique.
 

 

Sin respuesta por tu parte, tenemos la obligación de informar a las autoridades fiscales competentes, por lo que podría incurrir en sanciones monetarias o multas

Se ha cerrado mi cuenta por un cuestionario sin rellenar, ¿puedo volver a abrir mi cuenta? 

Si, puedes solicitar la reapertura de la cuenta. Consulta el artículo dedicado para saber cómo. 
 

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